Corte ordena reabrir camino utilizado durante 30 años por familias de Batuco

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó retirar los obstáculos instalados en un camino utilizado durante décadas por habitantes de esta localidad de Lampa.

Un conflicto por el acceso a un camino utilizado durante aproximadamente 30 años por habitantes de Batuco llegó hasta la Corte de Apelaciones de Santiago, tribunal que ordenó restablecer el tránsito por la vía y retirar los elementos instalados para impedir el paso.

El camino es utilizado por familias de la denominada Parcelación 39 y, de acuerdo con los antecedentes considerados por el tribunal, su uso se remonta al menos a 1996. Más de 40 familias dependen de este acceso para sus desplazamientos habituales y para actividades como el abastecimiento de agua, retiro de residuos y el ingreso de vehículos de emergencia.

La disputa por el acceso

Tal y como señaló Diario Constitucional, el conflicto se originó luego de que el camino fuera cerrado mediante distintos obstáculos, impidiendo el tránsito que históricamente se desarrollaba por el lugar.

La controversia no se limita solamente al uso de la vía. También existe una discusión respecto de la propiedad del terreno y sobre si los habitantes cuentan o no con un derecho permanente de tránsito.

Precisamente por ello, la Corte realizó una distinción relevante: su resolución no establece que el camino sea público ni determina quién es el propietario definitivo del terreno.

Lo que sí estableció el tribunal es que una de las partes no podía resolver por su cuenta esta disputa cerrando un acceso que había sido utilizado durante décadas.

En términos simples, mientras la discusión sobre la propiedad y los eventuales derechos de tránsito debe ser resuelta por la justicia civil, no corresponde que una de las partes imponga unilateralmente su decisión mediante el cierre del camino.

La resolución también considera relevante el impacto que el cierre puede generar en situaciones de emergencia, debido a la necesidad de permitir el ingreso de vehículos de servicios como Bomberos, ambulancias, retiro de desechos domiciliarios o Carabineros.

Corte ordena retirar obstáculos

La nueva resolución establece un plazo de tres días para retirar los elementos utilizados para bloquear el camino, entre ellos una pared de madera, tuberías, escombros y otros obstáculos.

Además, se ordena restablecer el acceso y reinstalar la tubería correspondiente al canal de regadío que se encontraba en el lugar.

La decisión se fundamenta, entre otros aspectos, en que el cierre unilateral de una vía utilizada por la comunidad durante un período prolongado constituye una forma de resolver por cuenta propia una controversia que debe ser abordada mediante los mecanismos judiciales correspondientes.